jueves, 26 de abril de 2018

Necesitamos jueces bizantinos

Confieso que no soy especialista en derecho penal, así que no me gusta opinar sobre esos casos que conmocionan a la opinión pública y en los que es difícil saber donde se hallan los límites de la justicia, la ley y la venganza. Todo el mundo clama justicia, pero unos suelen entender por tal la aplicación de la ley (no es lo mismo) y otros que se imponga el máximo castigo (que tampoco es lo mismo). Me resulta muy difícil decidir si en un caso de homicidio o asesinato, en el que obviamente nunca se hará justicia porque no se puede devolver la vida injustamente arrebatada ni eliminar el dolor que se ha causado a los familiares y amigos de la víctima, es más justo que el culpable esté quince, veinte o veinticinco años en la cárcel. Entiendo que quien esté afectado directamente por el delito pida cuanto más, mejor, pero dudo que eso sea siempre justicia. Entiendo que el condenado y sus familiares crean que cualquier condena es excesiva y, por ello, injusta y cruel.

Pero, en fin, llevado por la curiosidad hoy me he leído algunos artículos del Código Penal. Lo he hecho, claro, ante la Sentencia de la Audiencia Provincial de Navarra en el juicio a "la Manada". En este caso, tampoco sé si los nueve años que les han caído son justos y si serían más justos los veintitantos que pedían las acusaciones. Prefiero dejar en manos de los jueces una decisión tan difícil.

Pero lo que si me ha llamado la atención, y me ha alarmado mucho, es leer los artículos 178 y 181 del Código Penal. Llueve sobre mojado, porque hace poco también me he alarmado mucho con el artículo 573, el que permite castigar cualquier cosa como terrorismo (sí, fue a consecuencia del juicio de Alsasua que estos días se celebra en la Audiencia Nacional). A falta de justicia, uno se consuela pensando que al menos se aplica la ley. Pero cuando la ley resulta tan deficiente que abre el camino a la arbitrariedad, uno se teme lo peor, aplicar la ley puede no ser una torpe aproximación a la justicia sino entronizar directamente la injusticia.

Dice el art. 178 del CP: "El que atentare contra la libertad sexual de otra persona, utilizando violencia o intimidación, será castigado como responsable de agresión sexual con la pena de prisión de uno a cinco años". Clarito. Violencia o intimidación = agresión sexual.

Y dice el art. 181.1: "El que, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realizare actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona, será castigado, como responsable de abuso sexual, con la pena de prisión de uno a tres años o multa de dieciocho a veinticuatro meses". También queda claro. Sin violencia o intimidación = abuso sexual. 

El art. 182.2 también nos deja claro cuándo hay abuso sexual, es decir, no hay consentimiento, pero tampoco violencia o intimidación: "A los efectos del apartado anterior, se consideran abusos sexuales no consentidos los que se ejecuten sobre personas que se hallen privadas de sentido o de cuyo trastorno mental se abusare, así como los que se cometan anulando la voluntad de la víctima mediante el uso de fármacos, drogas o cualquier otra sustancia natural o química idónea a tal efecto".

Pero entonces llegamos al art. 183.3 (sí, el que ha aplicado la Audiencia Provincial de Navarra): "La misma pena se impondrá cuando el consentimiento se obtenga prevaliéndose el responsable de una situación de superioridad manifiesta que coarte la libertad de la víctima". Es decir, que hay "consentimiento", pero logrado coartando la libertad de la víctima. A esto yo lo llamo ausencia de consentimiento, porque el consentimiento o es libre o no existe; o lo llamo un consentimiento aparente logrado con algún tipo de intimidación. Quizás esté equivocado, pero un consentimiento sin libertad es un consentimiento viciado que no puede tener efectos jurídicos, o así sucede en otras ramas del derecho.

En fin, quizás el Tribunal Supremo, que tiene la última palabra,  nos explique por dónde transcurre esa delgada línea que separa la intimidación a la víctima del consentimiento obtenido coartando la libertad de la víctima, y en qué lado de la línea y por qué hay que situar a "la Manada" y a su víctima. Pero me da que una cuestión así necesitaría de jueces bizantinos, con experiencia en diferencias tan sutiles que se nos escapan al común de los mortales.

jueves, 5 de abril de 2018

¿Reducir diputados y senadores?

Cuenta la prensa de hoy que en Francia se prepara una reforma constitucional que, entre otras cosas, supondrá reducir el número de representantes a elegir para su parlamento. Dicen que a partir de 2022 el número de diputados en la Asamblea Nacional pasará de 577 a 404 y el de senadores de 348 a 244. Supongo que es cuestión de tiempo que alguien, en España, proclame que hay que seguir el ejemplo galo y reducir el número de diputados y senadores. Tal propuesta sería congruente con la permanente campaña que se mantiene desde determinados sectores ideológicos para jibarizar todo lo público y en la que se repite machaconamente que España es el país de Europa con más políticos por metro cuadrado, que tenemos el doble o triple que otros países como Francia o Alemania.

Esas campañas suelen prescindir de la realidad y utilizan datos sesgados o amañados, cuando no directamente prescinden de los datos. En España ni hay más políticos, ni más funcionarios, ni más aparato público que en otros países europeos, ni se pagan más impuestos ni una mayor parte del PIB se lo come el sector público. Más bien, suele ser al contrario si atendemos a los datos medios de la Unión Europea.

Pero vamos hoy con el tema de los diputados y senadores. Lo cierto es que las Cortes Generales de España constituyen una asambles parlamentaria más bien reducida. Desde luego, lo es si comparamos su tamaño con el que han tenido a lo largo de su propia historia. Sin ir más lejos, cuando se inauguró el Palacio del Congreso de los Diputados en 1850 ya había prácticamente el mismo número de escaños que hoy, entonces 349 y ahora 350, cuando la población se ha cuadruplicado mientras tanto. Durante la Restauración el número de diputados ascendió a 391 en 1876, a 403 en 1903 y a 437 en 1923, mientras que el Senado no tenía número fijo ya que los senadores los nombraba el rey, pero osciló entre 200 y 368 senadores. Durante la II República se suprimió el Senado, pero el número de diputados se elevó a 473. Las Cortes franquistas llegaron a tener 556 procuradores.

Pero, en fin, la comparación resulta todavía más clara si la hacemos con el número de miembros de los parlamentos de los 27 restantes países miembros de la Unión Europea, veáse cuadro comparativo abajo. En realidad, solamente hay un país donde existan menos representantes parlamentarios, en proporción a la población, que en España. Se puede opinar, con todo, que tenemos demasiados políticos, pero habrá que razonarlo con algo más de esfuerzo que decir que tenemos más que otros países, porque no es cierto.



martes, 6 de febrero de 2018

Los escalones de Baluarte

Pasado ya Pamplona Negra, su éxito, noticias, comentarios y resaca, es hora ya de denunciar un fallo de organización. Bueno, en realidad es un fallo del edificio que alberga el festival, el Palacio de Congresos y Auditorio de Navarra Baluarte, y más en particular su Sala de Cámara. Es el diseño de los escalones que dan acceso a las localidades. Supongo que si vas muy de vez en cuando ni lo notas. Pero si acampas allí una semana, y además después de cada conferencia te hacen salir y volver a entrar, y sobre todo si te sientas en las primeras filas y cada vez recorres la sala en casi toda su longitud subiendo o bajando, pues compruebas que son unos escalones realmente incómodos. Tadea Lizarbe y yo lo comentamos en varias ascensiones y descensos que hicimos juntos, y le prometí una denuncia pública.


Me dirán sus responsables que los escalones cumplen con las normas del Código Técnico de la Edificación sobre pasillos escalonados. Sí, cumplir las cumplen. Son escalones con dimensiones constantes de huella y contrahuella y el piso de las filas de espectadores permite el acceso al mismo nivel que la correspondiente huella del pasillo escalonado, y las dimensiones se cumplen (28 cm. de mínimo para la huella y 13-18,5 cm. para la contrahuella).  

Los escalones serán legales y seguros para casos de estampida, pero no son cómodos. Cada huella mide unos 90 cm., lo mismo que cada fila de butacas. Dicen los manuales que para que unos escalones sean cómodos han de tener en torno a 29 cm. de huella y 17 cm. de contrahuella. Es una medida orientativa, pero desde luego queda lejos de las medidas de la Sala de Cámara, donde hay que dar un paso y medio entre dos escalones. Ya sabemos que el diseño de edificios emblemáticos como Baluarte no se hace para la comodidad del público sino para mayor gloria de sus autores, pero podían haberse esforzado un poquito más.

Lo más molesto es que en el propio Baluarte hay al menos otra sala, la Sala Gola, donde los pasillos escalonados están diseñados de modo que resultan más cómodos, en el largo de cada fila de butacas hay, no uno, sino dos escalones, cumpliéndose también con las normas técnicas pero pudiendo dar un paso en cada escalón. ¿No podían haber aplicado el mismo criterio en todas las salas?



En fin, aquí queda planteada la queja a quien corresponda.

lunes, 29 de enero de 2018

Mal derecho



Un conocido aforismo del derecho norteamericano dice que “hard cases make bad law”, los casos difíciles hacen mal derecho. La expresión proviene del famoso juez del Tribunal Supremo Oliver Wendell Holmes, que lo explicaba así: “Los grandes casos, igual que los casos difíciles, producen mal derecho. Porque a los grandes casos se los califica como grandes no en razón de su verdadera importancia para dar forma al derecho del futuro sino por alguna circunstancia accidental o algún interés apremiante que apela a los sentimientos y distorsiona el juicio. Estos intereses apremiantes ejercen una especie de presión hidráulica que hace que lo que antes estaba claro parezca ahora dudoso, por causa de la cual incluso principios de derecho bien establecidos acaban cediendo”.

En nuestro país ha habido, en los últimos años, casos difíciles muy conocidos capaces de generar ese mal derecho. Fueron casos donde la aplicación del derecho no daba los resultados pretendidos por el poder y, por eso, se retorcieron las leyes y los principios jurídicos todo lo que hizo falta. Casos que dieron lugar a la doctrina Parot, la doctrina Botín, la doctrina Atutxa, en el primero y el último de ellos hubo de intervenir el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo para paliar los desastrosos efectos producidos.

Supongo que en todas partes cuecen habas pero, por mi experiencia, creo que en España, en particular, hay muy poca cultura de respeto a la ley. No sé si es efecto de la tradición reflejada en la literatura picaresca o de la tardía y escasa cultura democrática derivada de nuestra azarosa historia política, pero gobernantes y gobernados suelen coincidir en contemplar el cumplimiento de las leyes como una pejiguera. El reciente “no nos metamos en eso” del presidente Rajoy para escaquearse de su obligación expresamente reflejada en la Constitución y en las leyes de perseguir la discriminación salarial entre hombres y mujeres es una diáfana declaración de principios.

El que las leyes vigentes no permitan a los partidos independentistas catalanes cumplir sus objetivos les llevó hace pocos meses a ponérselas por montera para organizar un referéndum ilegal y aprobar una independencia inconstitucional. La reacción contra tales hechos, en la mejor tradición española, se pasa de frenada y los líderes independentistas son acusados, y algunos encarcelados, de una rebelión violenta que solo existió en la imaginación de los acusadores (otra cosa son los delitos de prevaricación y desobediencia que probablemente sí se han cometido, pero que no conllevan penas de prisión sino de inhabilitación).

El último episodio, de momento, de esta lamentable historia es el auto dictado el 27 de enero por el Tribunal Constitucional. Viene provocado por un recurso que nunca se debió interponer por el Gobierno, que lo hizo con un dictamen del Consejo de Estado en contra, pero que responde al tradicional propósito de instrumentalizar las instituciones y retorcer el derecho todo lo que haga falta para obtener los resultados políticos deseados. Como las posibilidades de que el Tribunal Constitucional inadmitiera el recurso eran muy altas (así lo propusieron sus letrados y el magistrado ponente) los miembros del Gobierno se dedicaron a telefonear a algunos miembros del Tribunal Constitucional, según nos dice la prensa, no para presionarles (¡¿?!) sino para advertirles de lo grave que sería que se inadmitiera el recurso con el resultado de que no se suspendiera la sesión de investidura de Puigdemont (un ciudadano al que, de momento, ninguna resolución judicial ha privado de sus derechos políticos). A los magistrados del Tribunal Constitucional les tembló el pulso y en lugar de una de las dos decisiones que la Constitución y su Ley Orgánica les impone, admitir o no admitir a trámite el recurso, decidieron, sin duda impelidos por la presión hidráulica del juez Holmes, adoptar otra decisión distinta no prevista por el ordenamiento jurídico, un caso típico de imaginación e ingeniería jurídicas para salir del paso. Se difiere la decisión sobre la admisión inventando un trámite de audiencia de las partes y, mientras tanto, se adopta una medida cautelar que, en contra de lo que dicta la ley, no ha pedido ninguna de las partes y que no consiste en suspender el acto impugnado (lo que requeriría haber admitido a trámite el recurso, que no se ha hecho) sino en dictar instrucciones al Parlamento de Cataluña y al candidato sobre cómo ha de realizarse la sesión de investidura. Las condiciones de esa investidura, al menos, sí que se ajustan a la ley y ya habían sido señaladas por los letrados del Parlamento de Cataluña (ha de ser presencial, no vale a distancia, telemáticamente o por delegación), pero el Tribunal Constitucional no está habilitado por la ley para dictar instrucciones sobre hechos futuros, y mucho menos dictar anticipadamente la suspensión o la nulidad de actos que todavía no se han producido. El Tribunal Constitucional no ha interpretado y aplicado la Constitución, que es su misión, sino que ha innovado el ordenamiento jurídico para autoatribuirse potestades que nadie le ha concedido. Aparenta no admitir todavía el recurso, pero de hecho entra ya a resolver las cuestiones de fondo planteadas.

Claro está que la circunstancia de que todo este conflicto político se resuelva a base de mal derecho, de dar patadas al ordenamiento jurídico, preocupa muy poco y preocupa a muy pocos. Lo importante, en uno u otro bando, es ganar como sea. A por ellos.

martes, 5 de diciembre de 2017

Hemingway en Pamplona en 1929

El otro día desmentía aquí uno de los errores que contiene la exposición "Recuperando a Hemingway" que está instalada en la plaza del Castillo de Pamplona. Un error muy difundido, hay que decir como atenuante de sus responsables. Pero no es el único. En la misma muestra se reproduce una fotografía inédita (al menos yo, hasta ahora, la desconocía) donde se puede ver a Hemingway en torno a una mesa acompañado de otras personas a las que no se identifica, y se asegura que está tomada en los sanfermines de 1925.


En realidad, la fotografía tiene que ser del año 1929. El individuo que está a la izquierda de Hemingway, con corbata, es Guy Hickok, corresponsal en París del Brooklyn Daily Eagle, uno de los periódicos de mayor tirada de Estados Unidos por aquel entonces. Acompañó a Hemingway en su visita a los sanfermines de 1929, y escribió una serie de catorce crónicas sobre las fiestas que se publicaron en su periódico (de las cuales escribí aquí).


domingo, 3 de diciembre de 2017

La falsa película de Man Ray en Pamplona

En estos días de inicios de diciembre de 2017 el Ayuntamiento de Pamplona ha organizado una serie de actividades bajo el título de “Recuperando a Hemingway” que incluye, además de conferencias y proyección de películas, la colocación en la plaza del Castillo de una exposición de paneles y fotografías. Se presta especial atención al famoso fotógrafo Man Ray, del cual se dice que estuvo en Pamplona en 1929 donde filmó una película titulada “Corrida”.

Gracias a esta iniciativa municipal he conocido esa película de Man Ray, un primitivo cortometraje en blanco en negro que muestra el desarrollo de una corrida de toros. Se puede ver en internet: http://youtu.be/Y-jg6RWv7Jo 

Por lo que he podido comprobar, la mayoría de quienes se refieren a esta película consideran que está rodada en Pamplona, aunque otros dicen que se trata de una plaza de toros francesa no identificada. Tras visionarla detenidamente he sacado la conclusión de que no puede ser la plaza de toros de Pamplona. Todas las plazas de toros se parecen, pero hay algunos detalles que las distinguen a unas de otras, principalmente cómo están rematados los tendidos y las gradas altas. En el cortometraje de Man Ray se observa que la plaza tiene dos gradas, la superior adornada con arcos de medio punto, y en ambas hay unas barandillas metálicas. Si observamos fotografías de la plaza de toros de Pamplona inaugurada en 1922, que es la actual aunque la grada superior fue sustituida en 1967 por la andanada que hoy conocemos, vemos que las barandillas son de hormigón y que la superior no está rematada por arcos.



Comparando con fotografías de otras plazas, la plaza de toros del cortometraje se parece a la antigua de Madrid, situada en la carretera de Aragón, donde ahora está el Palacio de Deportes de la Comunidad de Madrid de la calle Goya, que fue construida en 1874 y demolida en 1934, después de que se inaugurara la actual de Las Ventas.


Corrijo la redacción anterior para señalar, a la luz de un comentario recibido en este blog, que también podría tratarse de la antigua plaza de toros de San Sebastián, conocida como El Chofre, construida en 1903 y derribada en 1973, y que guarda muchas semejanzas con la de Madrid.



Dado que el único indicio de que Man Ray visitó Pamplona en 1929 es este cortometraje, me temo que esa supuesta visita probablemente no existió… 

martes, 28 de noviembre de 2017

Medallas e historia



Las medallas y otros premios honoríficos que conceden las instituciones, públicas o privadas, suelen ser utilizadas muy habitualmente para recompensar a “uno de los nuestros” de los otorgantes. El galardón, de alguna manera, se concede ad maiorem gloriam de los intereses de quien lo concede. Pero es lógico. A la hora de encontrar méritos relevantes que merezcan ser reconocidos cada cual suele encontrarlos entre los suyos, los que comparten valores, principios, visión de la realidad y proyectos. A los que no son de los nuestros les encontramos principalmente deméritos.

Esto ha venido siendo así, entre otros muchos casos, con la Medalla de Oro de Navarra. El ejecutivo foral de turno, primero la Diputación Foral y luego el Gobierno de Navarra, la ha venido concediendo a personas próximas en lo ideológico o, cuando menos, no contrarias a las ideas de quienes mandaban. La primera se concedió a Franco en 1974, al tiempo que se le nombraba hijo adoptivo de Navarra, por la última corporación franquista. Luego se ha ido premiando por compromiso institucional (Juan Pablo II, Juan Carlos I, Juan de Borbón, Jorge Oteiza, Volkswagen) y para reconocer méritos que encajaban bien, sobre todo, en el imaginario fuerista-conservador propio de UPN que ha gobernado durante más años y ha concedido la mayoría de las medallas: Diario de Navarra, Universidad de Navarra, Cáritas, misioneros navarros, víctimas del terrorismo, empresarios y sindicatos, centros navarros en América, asociaciones jacobeas, salesianos… Ojo, no digo que esas personas e instituciones no merecieran el reconocimiento, simplemente que los criterios de selección estaban claramente escorados. Por otro lado, la concesión de esta medalla se ha aprovechado también para reconocer instituciones sin sesgo político que cumplían aniversarios (el Orfeón Pamplonés, la UPNA, Donantes de Sangre, etc.) o personas también políticamente neutras con méritos y proyección social indiscutibles (Induráin, Hermoso de Mendoza, etc.).

El cambio de 2015 supuso que el nuevo ejecutivo optara por reconocer a personas más próximas al universo mental del nacionalismo vasco y que, en la época anterior, difícilmente hubieran sido premiadas. José María Jimeno Jurío y Pedro Miguel Echenique fueron galardonados los dos primeros años, también en ambos casos personas con méritos sobrados. El problema ha surgido al tercer año, cuando se ha concedido a título póstumo (muy, muy póstumo, hay que precisar) a Arturo Campión, Hermilio de Olóriz y Julio Altadill, por su aportación a la historia, la cultura y la identidad de la Comunidad Foral y, principalmente, por ser los diseñadores de la bandera de Navarra. Sorprende lo tardío del reconocimiento. El diseño de la bandera tuvo lugar hace 107 años. El último en fallecer de los tres, Campión, lo hizo hace 80 años. Solo se explica la concesión de esta medalla si se tiene en cuenta que los tres son ilustres figuras del fuerismo de entresiglos, caracterizado por un vasquismo que entonces compartían la mayoría de las fuerzas políticas navarras pero que luego fue rechazado por el regionalismo navarrista y apropiado por el nacionalismo vasco. Tres “de los nuestros”, podríamos decir. Y que diseñaran la bandera de Navarra tiene su aquel. Ante el intento de apropiación de esta por el navarrismo, manifestación de 3 de junio pasado, el ejecutivo foral quiere reclamar también su participación no solo en la titularidad y el uso sino incluso en el origen del símbolo. Envido más.

El problema es que otras fuerzas políticas se dan cuenta de la jugada y echan un órdago. No hay más que copiar el precedente de 2014. Entonces el ejecutivo formado por UPN concedió la medalla a Félix Huarte Goñi y Miguel Javier Urmeneta Ajarnaute, también a título muy póstumo, invocando el medio siglo cumplido por el plan de industrialización de Navarra que promovieron. Creyeron que la presencia de Urmeneta, un personaje muy atípico, voluntario requeté, militar, expedicionario con la División Azul, alcalde con el franquismo, demócrata en la Transición, bien apreciado por el nacionalismo vasco por su vasquismo, justificaría el reconocimiento a Félix Huarte, un personaje mucho más estrechamente vinculado al franquismo. Tampoco coló la maniobra, el Parlamento de Navarra, con el voto a favor de PSN, Bildu, NaBai, Geroa Bai e I-E, y el voto contrario de UPN y PPN, se pronunció contra la concesión de la medalla. La mayoría de los grupos contrarios a su concesión no asistieron al acto de entrega.

La historia se repite ahora. El Parlamento de Navarra, con los votos de UPN, PSN, PPN e I-E, rechaza la concesión de la medalla a Campión, Olóriz y Altadill, mientras que Geroa Bai, Bildu y Podemos votan en contra. Los grupos contrarios a la concesión anuncian que no irán al acto de entrega de la medalla.

En ambas ocasiones, en 2014 y en 2017, se manejan criterios parecidos, aunque curiosamente algunas fuerzas políticas en una ocasión defienden lo que en la otra criticaron, y critican a los que ahora defienden lo que ellos mismos hicieron. De fondo, el eterno tema de la historia. ¿Se pueden hacer juicios sobre personas que vivieron hace muchos años, en otras circunstancias históricas, desde el presente, desde otros parámetros políticos y sociales? La respuesta, en mi opinión, es que se puede y se debe, pero que se debe hacer desde la historia como disciplina científica, en un ámbito académico, con rigor, con cuidado, con mesura, con desapasionamiento. No se debe hacer desde la política. Desde la política no se hacen juicios históricos sino juicios políticos que suelen ser siempre favorables a “los nuestros”. Les perdonamos sus errores, incluso sus crímenes, atendiendo a que su época era así. Ensalzamos sus aciertos, sus logros, sus enseñanzas, interpretándolas siempre desde la perspectiva más favorable para los tiempos presentes. A “los otros”, a los del enemigo, juzgamos de igual manera pero a la inversa. Destacamos sus errores, que más que errores son crímenes, y minusvaloramos sus méritos. La política es sectaria, sobre todo porque los seres humanos somos, en general, muy sectarios.

Tanto el ejecutivo de 2014 como el de 2017 se quejan de lo mismo. Que se manipula políticamente la concesión de la medalla, que no se puede enjuiciar desde el presente a los premiados. Obvian el hecho de que los primeros que han tratado de utilizar la figura de los premiados han sido ellos, los concedentes de las medallas. Han sido los primeros que han hecho un juicio desde el presente, favorable, por supuesto. Luego se sorprenden de los efectos que tiene su decisión, debates exagerados que no llevan a ninguna parte, manipulación de la historia, tiempo dedicado a hablar del pasado cuando debiéramos estar hablando de los problemas del presente. Y sí, bastante de ello hay, pero, como reza un aforismo jurídico, quien es causa de la causa es causante del mal causado.

Mejor que dejemos a los muertos en paz. Las medallas, los premios, los reconocimientos, los elogios, mejor en vida.