viernes, 27 de febrero de 2026

Sahara: 50 años de vergüenza

Hace ahora 25 años, el 13 de febrero de 2001, en Diario de Noticias me publicaron el siguiente artículo. Me producía, como ser humano, mucha vergüenza entonces, y me produce mucha más ahora.

SAHARA: 25 AÑOS DE VERGÜENZA

En la conmemoración de los veinticinco años de la muerte de Franco y de la proclamación de Juan Carlos I como rey, entre otros olvidos de la reescrita historia de España (“25 años de libertad” tituló TVE un reportaje, como si la Constitución tuviera efectos retroactivos sanadores y algunos no recordemos que incluso el 15 de junio de 1977 había partidos ilegales por decisión gubernativa que no pudieron concurrir con sus siglas a las primeras elecciones “democráticas” y no fueron legalizados hasta un mes después, o que los alcaldes franquistas no cesaron hasta 1979), hay un tema sobre el que se ha pasado de puntillas. Me refiero a la suerte de ese considerable número de personas que en noviembre de 1975, cuando el rey expresó su voluntad de integrar a “todos” los españoles afirmando “que nadie tema que su causa sea olvidada”, eran ciudadanos españoles y para los cuales los últimos veinticinco años no han sido ni de democracia ni de libertad, sino de guerra, exilio y campos de refugiados. Me refiero al pueblo saharaui.

Ya pocos recuerdan que en 1975 el entonces llamado “Sahara español” era una provincia española habitada por ciudadanos de nacionalidad española. Cierto es que la conversión legal de la colonia en provincia, patrocinada por Carrero Blanco en 1958, había respondido a una maniobra del Gobierno franquista para evitar el proceso de descolonización exigido por la ONU. En 1961 por ley se regulaban unas "bases sobre las que debe asentarse el ordenamiento jurídico de la Provincia del Sahara en sus regímenes municipal y provincial" que perseguía su equiparación jurídica con el resto del territorio nacional, y que incluyó la representación política de los saharauis en las Cortes Españolas y el derecho al voto en el referéndum sobre las Leyes Fundamentales que se celebró en 1966 (con resultado amañado, como no podía ser menos en la época). La asimilación legal entre lo que se llamó "españoles peninsulares” y "españoles nativos" o “nacionales saharauis” a los que se proveyó de un DNI bilingüe castellano-árabe era completa. La propia ley comparaba las peculiaridades de orden social y jurídico del Sahara con las “variedades económico-forales" del régimen provincial (en Navarra y Álava) o con “la especial configuración de los Cabildos Insulares”. Esta circunstancia sirvió para dar largas a los requerimientos de la ONU durante varios años.

Es obvio que esta equiparación jurídica entre el Sahara español y las provincias españolas no era suficiente para ocultar el hecho de que, políticamente, se mantenía una situación colonial. Si en los años sesenta el Gobierno utilizó la complicidad de algunos jefes tribales para aparentar la voluntariedad de la total integración del Sahara en España, en los años setenta la presión a favor de la descolonización, tanto exterior como interna por parte del Frente Polisario (creado en 1973) se hizo insoportable. En 1974 el Gobierno español elabora un no nato proyecto de estatuto de régimen de autonomía en el que se reconoce al Sahara como territorio colonial, y anuncia que en el primer semestre de 1975 se celebrará un referéndum de autodeterminación, a cuyo fin se elabora un censo de votantes. Este referéndum fue retrasado a causa de la apelación que Marruecos –país con antiguas pretensiones anexionistas sobre el Sahara español- hizo al Tribunal de La Haya, organismo que dictaminó que no había lazos de soberanía entre Marruecos y el Sahara occidental. No obstante, la presión marroquí a través de la Marcha Verde en un delicado momento (Franco estaba agonizando) hizo ceder al Gobierno español. El 14 de noviembre de 1975 se firman los acuerdos tripartitos de Madrid por los cuales se cede la administración del territorio a Marruecos y Mauritania y España se compromete a poner fin a su presencia antes del 28 de febrero siguiente. El precipitado proceso  se arropa con una ley de 19 de noviembre (víspera de la muerte de Franco) “de descolonización” del Sahara que, dando marcha atrás respecto a todo lo anteriormente legislado, afirmaba que éste “durante algunos años ha estado sometido en ciertos aspectos de su administración a un régimen peculiar con analogías al provincial y que nunca ha formado parte del territorio nacional". Considerando próxima la culminación de la descolonización “de conformidad con lo establecido en la Carta de las Naciones Unidas” en su único artículo otorgaba una autorización en blanco al Gobierno para adoptar las medidas que estimase oportunas en orden a salvaguardar los intereses españoles. Posteriormente, mediante un decreto de agosto de 1976 se reguló un supuesto derecho a optar por la nacionalidad española a los naturales del Sahara que poseyeran documentación española y hubieran abandonado su territorio mediante el cumplimiento de determinados requisitos formales en el plazo de un año, obviando el hecho de que todos los saharauis habían accedido a la nacionalidad española. A partir de entonces la política oficial de la Administración española es negar que los saharauis alguna vez hubiesen sido españoles, salvo quienes hubieran obtenido expresamente la naturalización al amparo del citado decreto de 1976.

Esta doctrina ha sido puesta en cuestión por el Tribunal Supremo en una sentencia de 28 de octubre de 1998 en la que califica aquel derecho de opción de “falso o mal llamado”, recordando que mal podían optar los saharauis cuando la única nacionalidad reconocida de la que habían dispuesto hasta entonces era la española. La sentencia reconoce la nacionalidad española a un saharaui no amparado por el decreto de 1976, pero cuyo nacimiento había sido inscrito en el registro civil, disponía de DNI y pasaporte españoles, e incluso había trabajado para la Administración española.

La muerte de Franco y la restauración monárquica coincidió, pues, con el abandono del territorio, un abandono culminado el 26 de febrero de 1976 que sólo se puede calificar de huida con el rabo entre las piernas, incumpliendo todos los compromisos internacionales asumidos por España frente a las Naciones Unidas, incumpliendo el propósito enunciado en la propia ley “de descolonización”, incumpliendo sobre todo los compromisos adquiridos con los saharauis para celebrar un referéndum de autodeterminación, y abandonando a su suerte ante la ocupación militar marroquí a una población hasta entonces de nacionalidad española.

No cabe mayor paradoja. Bajo la dictadura franquista se habían equiparado legalmente los derechos de los saharauis a los de los demás españoles (bien es cierto que en aquélla época los derechos políticos de que disfrutábamos los españoles estaban ampliamente coartados) y se había iniciado el proceso de reconocimiento del legítimo derecho del pueblo saharaui a la autodeterminación. El arranque de los “veinticinco años de libertad” en España supuso para los saharauis la negación de sus derechos, la privación de la nacionalidad, el aplazamiento sine die de la autodeterminación, la ocupación militar y la represión, y para una gran parte de los saharauis, el exilio y la vida en los campos de refugiados.

Los saharauis han soportado veinticinco años de guerra y exilio, de una durísima vida en el territorio sometido a ocupación marroquí o en los campos de refugiados del inclemente desierto de Tinduf (Argelia). Su coraje y determinación les han permitido sobrevivir y mantener también viva su causa, la exigencia de que se cumplan las resoluciones de las Naciones Unidas para la autodeterminación del Sahara occidental.

Al visitar los campos de refugiados de Tinduf y recibir la hospitalidad de los saharauis uno percibe enseguida la simpatía que, pese a todo, guardan para los españoles –mantienen el castellano como segunda lengua en su sistema educativo-. Distinguen perfectamente entre la actitud oficial de los sucesivos gobiernos y la de los ciudadanos españoles. Una parte de la ayuda que reciben y les ha permitido sobrevivir en el exilio procede de España, de diversas Comunidades Autónomas, entidades locales y asociaciones humanitarias y de apoyo a su causa (en Tifariti, en territorio saharaui, se halla el “Hospital Navarra”, construido con apoyo de nuestra comunidad y a cuya inauguración acudimos una nutrida representación de navarros en abril de 1999). Pero al recibir esa hospitalidad y esa simpatía uno no puede por menos que sentir vergüenza propia por la política de los gobiernos españoles. Lo que realmente debemos al pueblo saharaui no es solamente cooperación humanitaria, no es sólo ayuda sanitaria, alimenticia, educativa, o que acojamos niños saharauis en las vacaciones de verano (con ser todo ello muy importante). Lo que fundamentalmente debemos a los saharauis es un firme apoyo político en la escena internacional, en las Naciones Unidas, ante Marruecos, ante otros gobiernos, para que se cumplan los compromisos un día adquiridos por España y plasmados después en los planes de la ONU para la celebración del referéndum de autodeterminación. Planes continuamente obstaculizados por el gobierno marroquí ante la pasividad del gobierno español y de otros gobiernos.

El próximo 27 de febrero se cumplen 25 años de la proclamación de la República Árabe Saharaui Democrática, coincidiendo con la retirada española. Para conmemorarlo, y para seguir reivindicando el derecho a la autodeterminación del pueblo saharaui, se celebrará entre otros actos el “Sahara Marathon”, una prueba deportiva organizada por asociaciones humanitarias y de apoyo al pueblo saharaui de diversos países, cuyo recorrido transcurre entre los campos de refugiados de Tinduf. Un acontecimiento que pretende, una vez más, llamar la atención de una opinión pública internacional demasiado olvidadiza. Al hacer memoria de estos últimos veinticinco años, quienes compartimos entonces la misma ciudadanía y la misma falta de libertades con los saharauis –nuestra triste “unidad de destino en lo universal”- no debiéramos permitirnos olvidarles.

jueves, 25 de julio de 2024

DEL COHETE AL CHUPINAZO, ETIMOLOGÍA DE LA FIESTA

1924. Un empleado de la pirotécnica dispuesto a lanzar el primer cohete de las fiestas de San Fermín en la plaza del Castillo, el relatado por Ernest Hemingway: «El domingo 6 de julio al mediodía la fiesta estalló. No hay otra forma de describirlo». Autor desconocido. Archivo Municipal de Pamplona.

(Publicado en el especial de sanfermines de Diario de Noticias de 5 de julio de 2024).

El chupinazo, o el cohete, de ambas formas lo llamamos, en Pamplona va unido indisolublemente al inicio de las fiestas de San Fermín. Sin embargo, hasta el año 1900 el primer acto de las fiestas fue la Marcha a Vísperas en la tarde del día 6 de julio. Solía anunciarse así en el programa: «A las cuatro y media de la tarde el Excelentísimo Ayuntamiento, precedido de su comitiva de maceros, alguaciles, clarines y timbales, y de los gigantes y cabezudos con las músicas y dulzainas, se trasladará a la capilla de San Fermín, donde se cantarán solemnes vísperas».

El acta de la sesión del Pleno municipal celebrada el 4 de julio de 1901 recoge lo siguiente: «El Sr. [Teodosio] Sagüés dio cuenta de que la Comisión de Festejos había dispuesto que el día 6 se anunciara a la hora de las 12 con disparo de cohetes el comienzo de las fiestas, y se trató nuevamente de dirigir una excitación al vecindario para que adornara los balcones con colgaduras durante las fiestas, y el Sr. Alcalde ofreció publicarla en un bando invitando al vecindario a hacerlo así». Y, efectivamente, al día siguiente se publicó el bando invitando al vecindario a poner colgaduras en ventanas y balcones durante todas las fiestas, es decir, a partir de las doce del día 6; de esa época viene también la costumbre de engalanar con los reposteros la fachada de la Casa Consistorial durante todos los sanfermines. En años anteriores, se solía invitar a poner las colgaduras para la procesión de San Fermín. El Eco de Navarra de 7 de julio de 1901 contaba lo que sigue: «Como habíamos anunciado, ayer al mediodía quedaron inauguradas las fiestas de esta capital. Al sonar la última campanada de las doce, estalló en la Plaza del Castillo el primer chupinazo, al que siguieron otros, alternando con el disparo de voladores. Y fue cosa de ver la animación que de repente se produjo en dicha gran plaza». A partir de entonces se empezó a considerar que en ese momento quedaban iniciadas las fiestas, aunque hasta 1910 no se incluyó la «inauguración» en el programa oficial.

A principios del siglo XX era usual en la prensa navarra utilizar la palabra chupinazo como sinónimo de disparo de cohete o del propio cohete y, así, se habla lo mismo del «primer chupinazo» que del «primer cohete» de las fiestas, así como del chupinazo que da la señal de iniciar el encierro, de los chupinazos que reciben a Pablo Sarasate al llegar a Pamplona o de los chupinazos que se disparan con motivo de diversas festividades o acontecimientos a lo largo del año.

Hasta después de 1941 no aparece el primer cohete como acto diferenciado en el programa de las fiestas de San Fermín. Con anterioridad se aludía solo al disparo de chupinazos o disparo de cohetes «en distintos puntos de la población» a las doce del día 6 de julio, coincidiendo con el volteo de campanas y con la salida de las bandas de música por las calles de la ciudad. En la plaza del Castillo solía disparar los cohetes una empresa pirotécnica de las contratadas por el Ayuntamiento (muy frecuentemente la de Manuel Oroquieta) y se hizo habitual que se congregara cada vez más público y algunos personajes notables de la ciudad, no todavía ninguna autoridad (y así, en 1930, a la hora del cohete, todas las autoridades, incluido el ministro de Trabajo de visita en Pamplona, estaban en la Taconera celebrando el Homenaje a la Vejez). El acto fue cobrando solemnidad y en los años 30 Juan Echepare Aramendía, castizo estanquero y dirigente republicano, varias veces pidió a los operarios que le dejaran prender la mecha del primer cohete; en 1932 La Voz de Navarra así le retrata en la primera fotografía del chupinazo publicada en la prensa. Tras la guerra civil, en 1939, los periodistas Joaquín Ilundáin Tulie y José María Pérez Salazar («nuestros camaradas Jokintxo y Salazar», indicaba el diario falangista Arriba España) proponen al alcalde, Tomás Mata Lizaso, que preste mayor ceremonial al acto prendiendo el primer chupinazo; Mata declina la invitación pero sugiere a Ilundáin que lo dispare él mismo, cosa que hace ese año y los siguientes. En 1941, Ilundáin era teniente de alcalde y desempeñaba la alcaldía José Garrán Moso, se introduce un cambio importante. Señala el programa de fiestas de aquel año: «A las doce horas en punto se anunciará el comienzo de las fiestas con un repique general de campanas y el disparo de chupinazos desde la Casa del Ayuntarniento y otros puntos de la población». A partir de 1945 la referencia al disparo de «chupinazos» se sustituye por la de «un chupinazo».

1932. Juan Echepare Aramendía prendiendo el primer cohete de fiestas. Colección Zaragüeta. Museo de Navarra.

1939. Lanzamiento del chupinazo a cargo de Joaquín Ilundáin acompañado, detrás a su izquierda, de José M.ª Pérez Salazar. Zubieta y Retegui. Archivo Municipal de Pamplona.

Establecido oficialmente el acto del lanzamiento desde la Casa Consistorial y por el concejal que preside la comisión municipal de festejos, el programa de fiestas duda a lo largo de varias décadas sobre su exacta denominación. Unos años lo llama disparo del «cohete anunciador», las más veces disparo del «chupinazo» que inicia las fiestas. El redactor del programa de 1971 combina las dos denominaciones con gran precisión terminológica y señala que a las doce el presidente de la comisión «lanzará al espacio el primer cohete de las fiestas que con su CHUPINAZO anunciará el instante del comienzo de las mismas». Después de que en los dos años siguientes el programa hable del «cohete anunciador», el de 1974 vuelve a referirse al chupinazo anunciador del comienzo de las fiestas y, desde entonces, queda ya consagrado de forma inamovible el término. Tan consagrado que el DRAE, que en la 16ª edición de 1936 lo había incorporado como «disparo hecho con una especie de mortero en los fuegos artificiales, cuya carga son candelillas», desde su 21ª edición de 1992 da este significado a «chupinazo»: «Disparo hecho con un cohete que señala el comienzo de un festejo». Los demás cohetes, los que se lanzan durante el encierro o para festejar una victoria deportiva, ya no son chupinazos, son cohetes.

1960. Chupinazo iniciador de las fiestas de San Fermín. Autor desconocido. Archivo Municipal de Pamplona.

¿De dónde viene la palabra «chupinazo»? Sobre «cohete», término presente ya en el Tesoro de la Lengua Castellana o Española de Sebastián de Covarrubias (1611), y en todos los diccionarios de la RAE, hay menos discusión; parece proceder del catalán coet, y este del latín cauda, que significa cola. Pero el origen del término chupinazo, relativamente reciente, resulta algo más controvertido. ¿Viene del euskera, como creen muchos? Todo lo que se escribe con tx, como txupinazo, o pintxo, o txalupa, crea la apariencia de tener origen vascónico, aunque pincho en última instancia venga del latín punctus y chalupa del neerlandés sloep a través del francés chaloupe. En su declaración de 1993 sobre la grafía de apellidos de origen no vasco, Euskaltzaindia ya advertía sobre «la profusión de grafías pretendidamente vascas en nombres comunes que no pertenecen al acervo euskaldun, como kaña, intsumiso, txupinazo, etc.».

Chupinazo parece provenir del occitano topin, que significa olla de barro, y este probablemente viene del alemán antiguo topphin (hoy topf), como recoge el Diccionario Crítico Etimológico Castellano e Hispánico de Joan Corominas. La influencia del occitano se percibe también en el catalán tupí, olla de barro con un asa. En nuestra tierra se adoptó como «tupín», en castellano, y tupina o dupina, en euskera, para describir una cacerola de tres patas que se utilizaba, entre otras cosas, con fines pirotécnicos. Tupín derivó luego en «chupín», palatalizando la te. El DRAE recoge «tupín» como voz propia de Álava y de Navarra con el significado de «marmita con tres pies». José María Iribarren, en su Vocabulario Navarro, recoge el uso de «tupín» como cacerola en diversas zonas de Navarra. Su uso debe de tener varios siglos de antigüedad porque Manuel de Larramendi, en su Diccionario Trilingüe del Castellano, Bascuence y Latin (1745), ya considera como voz vasca chupina, con el significado de «morterete de mano, que se dispara en las fiestas», y tupina como «olla de hierro colado»; en cambio, para cohete remite a los términos ciriricua o sugoaira. El Diccionario vasco-español-francés de Azkue (1906), también incluye tupin o dupin como marmita y «chupín» como vulgarismo por mortero. Según el DRAE, «morterete» es «pieza pequeña de hierro, con su fogón, que usan en las festividades, atacándola de pólvora, y cuyo disparo imita la salva de artillería». Federico Baraibar Zumárraga, en su Vocabulario de palabras usadas en Álava (1903), recoge «chupinazo» como «disparo estrepitoso que en las fiestas y regocijos populares se hace con un morterete llamado “chupin” con igual sufijo “azo” que de cañón, “cañonazo”». Pero no solo en Álava y Navarra, la palabra «chupín» también fue muy empleada en Vizcaya y Guipúzcoa. Miren Aintzane Eguiluz, en El dominio sensorial: fuegos artificiales en la fiesta barroca vizcaína (2021), explica que los chupines eran «cohetes muy ruidosos lanzados mediante tubos de hierro, también llamados chupines», y que en Bilbao dieron origen al oficio de chupinero, en ciertas épocas reservado a las mujeres. Según dice Emiliano de Arriaga en su Lexicón etimológico, naturalista y popular del bilbaíno neto, de 1896, por extensión se llamaba «chupín» también a la «escopeta chimbera», la de balines para cazar pájaros. Por su parte, Serapio Múgica, en su Geografía de Guipúzcoa (1918), describe en la llegada de los restos del padre Julián de Lizardi a su localidad natal de Asteasu en 1902 «el volteo de las campanas y el estampido de cohetes y chupines». Esta distinción se hace entre cohetes de caña, o voladores, y cargas de pólvora o salvas disparadas desde un chupín. En la prensa del siglo XIX suele aparecer la palabra «chupín» para referirse a esos disparos festivos propios del País Vasco, tan habituales y tradicionales que el periódico Irurac-bat de Bilbao, en agosto de 1857, se refiere al «histórico chupín vizcaíno» empleado en la ceremonia de toma de posesión de los diputados forales. Escribe la Gaceta de Madrid de 4 de septiembre de 1845 sobre la visita a Bilbao de Isabel II, acompañada de su madre, la reina M.ª Cristina: «Todo estaba dispuesto cuando a las cinco de la tarde empezaron los cohetes, los morteretes (aquí chupines); las campanas, el alboroto de la gente y una gran confusión y algazara anunciaron la proximidad de las augustas viajeras». La enciclopedia Espasa, editada a partir de 1908, que considera el término como propio de las provincias vascongadas, define «chupinazo» como «especie de cohetes que se disparan en las fiestas populares».

Posiblemente por esta vinculación del disparo de chupines con los países vascos, las Memorias de la Real Academia Española (1903, tomo 9) consideran que «tupín», «olla con tres pies, hecha de hierro colado», proviene «del vascuence tupín, que significa lo mismo», mientras que «chupinazo» es «disparo estrepitoso, que en las fiestas y regocijos públicos se hace con un morterete llamado chupín». Sin embargo, el DRAE corregirá posteriormente ese criterio para ligar tupín con el provenzal topin. Fuera del ámbito vasco, la voz chupín tenía y tiene otro significado, en el DRAE como «chupa corta», mientras que «chupa» es «prenda de vestir, del francés jupe, y este del árabe clásico gubbah». En América se llama también «chupín» a un guiso de pescado, parece que el término deriva del italiano o genovés ciuppin.

En algún momento hacia mediados del siglo XIX la expresión «disparo de chupines» va siendo desplazada por «chupinazos», vocablo derivado, como señalaba Baraibar, con la misma lógica que, en castellano, de cañón surgió cañonazo (en el fútbol, y no por casualidad, desde las primeras décadas del siglo XX se adoptan ambos términos como sinónimos y con el significado de fuerte disparo de balón). Así, el diario La Unión Vasco-Navarra de Bilbao informa el 17 de julio de 1881 del accidente ocurrido en una romería en Barakaldo con una víctima mortal y cuenta que «al disparar un chupinazo debió reventar el chupín, ya por tener demasiada carga o por cualquier otro motivo». En el siglo XX, cuando se comienza a disparar el chupinazo pamplonés, el término chupín había empezado a quedar en desuso y parece que el disparo con chupines desplazado por el de cohetes, mucho más cómodos y seguros.

En 1978 surge la Semana Grande de Bilbao que, a semejanza de las fiestas de tantas otras localidades, se inicia con el disparo de un cohete al que se prefirió bautizar como «chupín» o txupin, recuperando esta expresión antigua —aunque lo que se dispara no es un morterete sino un cohete de caña—, y que es lanzado por una chupinera o txupinera, cargo también resucitado. Esto ha dado lugar a que algunos supongan, erróneamente, que, en origen, txupin era una palabra eusquérica que significaba cohete y de la que derivó txupinazo como disparo de un cohete. El significado original que tradicionalmente aparecía en los diccionarios de euskera para txupin ha sido «chaleco», un claro préstamo procedente del castellano y del francés (así, el de Azkue, que tampoco incluye txupinazo y sí ziririko para cohete). Algún diccionario reciente ha incorporado este segundo y moderno significado para txupin como «tiro, chupinazo» (diccionario Labayru) o como «cohete» (Libro de Estilo del periódico Berria); pero la mayoría, incluido el de Euskaltzaindia, lo ignora y solo ha recogido, procedente del castellano, txupinazo como cohete que inicia unas fiestas.

domingo, 22 de octubre de 2023

La leyenda de Hemingway y las botas de vino

Nunca es tarde para conocer nuevas leyendas de Hemingway en Pamplona. La última que he conocido la propaga el mismísimo Ayuntamiento en su página web:
Nos cuenta que Jake Barnes, el protagonista de Fiesta, compra unas botas de vino en Las Tres ZZZ, en la calle Comedias, diciendo que era la única botería en el centro de la ciudad. En otra web se llega a afirmar que en Fiesta se nombra a la empresa de Las Tres ZZZ.:

Lo cierto es que Hemingway ni nombra a dicho establecimiento centenario, ni lleva a su protagonista a comprar botas a la calle Comedias (entonces, en 1925, llamada calle Dos de Febrero), ni era la única botería en aquella época. En los años 20 había tres boterías; dos en la calle Comedias, la de Pedro Echarri y la de Gregorio Pérez (Sucesor de Iglesias), conocida luego como Las Tres ZZZ; y otra, la de Fructuoso Pérez en la calle Mayor 91. Si se lee la parte de la novela donde el protagonista va a comprar botas, se concluye con facilidad que la botería que describe es la de Fructuoso Pérez. Los protagonistas van a la iglesia de San Lorenzo a ver la procesión; después de verla entrar, suben por la calle Mayor y entran en una taberna, desde la cual Jake Barnes sale a buscar la botería, bajando de nuevo por la calle Mayor hasta las cercanías de la iglesia de San Lorenzo, y una vez allá compra dos botas.


En la web del Ayuntamiento se transcribe un supuesto fragmento de Fiesta, "Llegué hasta la iglesia (San Nicolás) mirando a uno y otro lado", que no es literal sino que lleva un añadido de la cosecha de quien ha elaborado el texto municipal. Lo que se dice en Fiesta es: "I walked as far as the church, looking on both sides of the street. Then I asked a man and he took me by the arm and led me to it". Si se lee el párrafo completo, se deduce que la calle ha de ser la calle Mayor y la iglesia aludida la de San Lorenzo.

De las tres boterías mencionadas, hoy solo subsiste Las Tres ZZZ, que no necesita de esta leyenda (aunque la recoge también en su web) para seguir siendo un referente. Por cierto, que no está "en el Paseo Mendiluce", como dice el artículo de Navarra.com, vía inexistente en Pamplona, sino en la calle Puente de Miluce.

viernes, 20 de enero de 2023

Otorgado el Premio Vanderford 2022

He decidido crear un galardón anual, al que he bautizado como Premio Vanderford (para entender el porqué del nombre conviene leer mi libro La habitación de Vanderford), que se otorgará a un artículo de prensa que incorpore alguna de las leyendas, fábulas o invenciones de uso común sobre Pamplona y las fiestas de San Fermín dándolas por hechos ciertos. 

El premio es puramente honorífico, no lleva dotación económica y ni siquiera habrá una ceremonia de entrega. Consistirá únicamente en la mención del ganador en este blog explicando los méritos contraídos para obtenerlo.

Pues vamos allá con el premio de este año. De entre los candidatos presentados por el público, el jurado (yo mismo) ha decidido por unanimidad conceder el Premio Vanderford 2022 (artículos aparecidos en la prensa entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022) al artículo titulado «La premio Nobel Annie Ernaux también vivió "el júbilo vertiginoso" de San Fermín», firmado por Íñigo Sota y publicado en la edición digital de Diario de Navarra el 20 de diciembre de 2022.

Se cuenta en él lo siguiente: «A la lista de personalidades mundialmente conocidas que un día visitaron Pamplona por San Fermín, como el director de cine Orson Welles, los escritores Ernest Hemingway y Arthur Miller o la actriz Ava Gardner, se suma ahora Annie Ernaux».

Qué bonita la historia de Ava Gardner y la de anécdotas a las que ha dado lugar. Pero, desgraciadamente, Ava nunca vino a los sanfermines, ni siquiera pasó jamás por Pamplona.

En fin, un merecido premio por retomar, dando por buena, una de las más conocidas leyendas sanfermineras. Enhorabuena.





lunes, 28 de febrero de 2022

La primera noticia


Se suele decir que el primer periódico español, o uno de los primeros, fue la Gaceta Nueva de los sucesos particulares, así políticos como militares sucedidos en la mayor parte de la Europa, que apareció en 1661 en Madrid. Su editor era Francisco Fabro Bremundán, borgoñón, secretario de Juan José de Austria, hermano de Felipe IV y aspirante al trono, con el propósito de hacerle propaganda. Se publicó durante un par de años, reapareció en 1667 con el título de Gaceta ordinaria de Madrid y, tras varios cambios de nombre, a partir de 1697 se llamó Gaceta de Madrid. Tras la muerte de Felipe IV la Gaceta pasó a estar controlada por su viuda, la reina regente Mariana de Austria, madre de Carlos II. En 1762 la Corona asumió el privilegio de imprimirla y en 1836 se estableció que las leyes, decretos, reales órdenes y demás disposiciones del Gobierno tuvieran vigencia a partir de su publicación en la Gaceta, que se convirtió en un boletín oficial nacional. A partir de ahí, fueron desapareciendo las noticias para, finalmente, quedar solo los textos oficiales.

Tenemos fácil y cómodo acceso a todas las noticias que se publicaron en aquel periódico gracias a que todos sus números, desde 1661, están digitalizados y disponibles en la web del Boletín Oficial del Estado, que es la definitiva denominación que tiene esta publicación desde 1936. Podemos leer la primera noticia que se publicó en el número 1: «Avisan de Roma que han muerto los Eminentisímos señores Cardenales Don Juan de Lugo, español, natural de Sevilla, Religioso de la Compañía de Jesús, en Roma, de edad de 75 años; y Don Cristóbal Widman, veneciano, que falleció en Castillo de S. Martín de la Ciudad de Viterbo, de donde era Obispo».

Esta primera noticia contiene varios errores. En realidad, Juan de Lugo había nacido en Madrid, aunque su familia procedía de Sevilla y estudió en esa ciudad, y tenía 76 años; Cristóbal Widman no era obispo de Viterbo, sino cardenal presbítero de San Marcos en Roma. El obispo de Viterbo era Francesco María Brancaccio.

Tres siglos y medio después, las noticias de los periódicos siguen siendo igual de fiar…

domingo, 24 de octubre de 2021

El desastre contagioso

Parece que los desastres son contagiosos. Es la sensación que tengo con el asunto de la condena del diputado, o exdiputado, Alberto Rodríguez. Cada nuevo paso supone el inexorable cumplimiento de ese añadido a la ley de Murphy de que todo lo malo es susceptible de empeorar. 

La sentencia condenatoria ya resulta un despropósito, una de esas condenas que contribuyen al desprestigio de la Justicia en nuestro país, desprestigio del que suelen sorprenderse y quejarse los propios jueces, al menos los que mandan, demostrando que viven en una realidad paralela a la de la mayoría de la población. Las pruebas aportadas para desvirtuar la presunción de inocencia tienen toda la apariencia de carecer del mínimo peso exigible, como ponen de relieve los dos magistrados que firman un voto particular. Por cierto, ya resulta curioso que se pueda dictar una condena con votos particulares poniendo en duda que se hayan acreditado los hechos. En los procesos con jurado de los Estados Unidos, esos que conocemos tan bien gracias al cine y a la televisión, se exige unanimidad para condenar. Eso resulta bastante coherente con aquello de "más allá de toda duda razonable", que en nuestra cultura jurídica lo traducimos con un latinajo: in dubio pro reo. Si uno solo de los jurados no está seguro de la culpabilidad, es obvio que hay una duda que debe favorecer al acusado. En España los jurados no funcionan con la regla de la unanimidad, sino de la mayoría; y lo mismo los órganos judiciales, como en este caso. Si dos de los siete magistrados de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo dicen que "la prueba practicada en el acto del plenario, válidamente obtenida y desarrollada con inobjetable regularidad, está en cambio muy lejos de resultar suficiente para enervar las exigencias que resultan del derecho fundamental a la presunción de inocencia", uno diría que en el órgano que debe decidir se alberga la duda. Pero dura lex, sed lex, la norma de la mayoría es implacable, si la mayoría está segura, no cabe la menor duda.

El despropósito se multiplica cuando algunos partidos políticos y algunos medios de comunicación exigen que se aplique al condenado una pena que no aparece en la sentencia: que sea privado de su escaño de diputado. Uno ha leído con atención la sentencia y no ha conseguido encontrar la condena a la pena de inhabilitación para cargo público que se le pretende aplicar. Sí aparece "la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena", que es una pena distinta, como se deduce de la simple lectura de los arts. 42 y 44 del Código Penal.

Sigue empeorando la cosa cuando el presidente de la Sala de lo Penal se dirige a la presidenta del Congreso para que remita un informe sobre la fecha del inicio de cumplimiento de la pena de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo impuesta. Sorprende que se espere un informe del Congreso, cuando quien debiera controlar la inhabilitación del derecho de sufragio pasivo, es decir, que el diputado no pueda presentarse como candidato en ningún proceso electoral, lo debiera hace la correspondiente Junta Electoral, si se convocaran elecciones. Por alguna extraña razón, todo el mundo entiende que se está pidiendo a la presidenta del Congreso que prive al diputado de su escaño; una pretensión sin fundamento. Los letrados del Congreso emiten un informe en tal sentido, señalando que no procede la privación del escaño, y así lo acuerda la Mesa del Congreso.

La presidenta del Congreso se podría haber limitado a responder al presidente de la Sala de lo Penal adjuntando el informe de los letrados y diciendo que no le correspondía adoptar ninguna medida de ejecución de las penas impuestas al diputado; ni cobrarle la multa ni inadmitir su candidatura en algún proceso electoral. Nadie podría condenarle por prevaricación contando con un informe jurídico y un acuerdo de la Mesa. Pero, por alguna razón, quizás porque ha leído demasiado la prensa y poco la sentencia, la presidenta decide preguntar a la Sala "si debe procederse, como medida de cumplimiento, a declarar la pérdida de la condición de diputado del Sr. Rodríguez". El presidente de la Sala le responde, con toda razón, no sé si con toda oportunidad, que la ley "no incluye entre las funciones del Tribunal Supremo la de asesorar a otros órganos constitucionales acerca de los términos de ejecución de una sentencia ya firme"; no obstante, le aclarar que se debe "mantener la vigencia de la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo". Nada le dice sobre que deba privarse de su escaño al diputado, pena que no solo no aparece mencionada en la sentencia sino tampoco en la comunicación del presidente de la Sala. Los medios de comunicación deben de leer otro escrito distinto del que he leído yo porque sacan titulares como este: "El Supremo contesta a Batet que Alberto Rodríguez debe dejar el Congreso".

La presidenta decide dar un paso más hacia el esperpento total. La sentencia no lo exige, el presidente de la Sala de lo Penal no se lo pide, el informe de los letrados le dice que no procede, pero la presidenta del Congreso decide privar al diputado de su escaño. Con dos cojones, por decirlo finamente, o quizás acojonada por la presión mediática y política.

El despropósito se sigue contagiando. La ministra de Derechos Sociales acusa de prevaricación a la presidenta del Congreso en Twitter. "Fuentes" de Unidas Podemos anuncian que pondrán una querella contra la presidenta del Congreso por prevaricación; el portavoz del grupo parlamentario dice que será el diputado Alberto Rodríguez quien pondrá la querella. El interesado no dice nada de interponer ninguna querella, sino que se da de baja de Podemos. Algún periodista dice que no sabía nada de la querella, como la mayor parte de los diputados y dirigentes de Unidas Podemos.

Me parece errónea, improcedente y hasta infantil esa reacción. Nadie, menos una ministra, debiera hacer acusaciones públicas de prevaricación ni de ningún delito. Si tiene pruebas de la comisión de un delito, se aportan con la correspondiente denuncia o querella en la fiscalía o el juzgado de guardia; la práctica tan habitual de introducir ese tipo de acusaciones en el debate político es nefasta. Anunciar una querella por prevaricación en este caso es ingenuo e ineficaz. Probar la prevaricación resulta siempre muy difícil. Si se interpone una querella contra la presidenta del Congreso, acabará en la misma Sala de lo Penal del Tribunal Supremo donde se ha iniciado este culebrón, así que podemos esperar cualquier cosa. 

Lo que debieran anunciar Unidas Podemos o Alberto Rodríguez son los correspondientes recursos, primero, ante el Congreso y, luego, ante el Tribunal Constitucional. Órgano este que ofrece "tanta" confianza como el Tribunal Supremo, pero que es la antesala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo, en el que se puede confiar un poco más. Cierto es que en estos casos, como le sucedió a Juan María Atutxa en un entuerto similar, tarda muchos años en sentenciar, y la justicia tardía es tardía pero no es justicia. Pero es lo que hay. Mientras tanto, pienso que Unidas Podemos o, más bien, los candidatos de la lista por la que salió elegido Alberto Rodríguez, debieran negarse a suplirle y dejar el escaño vacío. Nuestro Estado de Derecho cada vez más está hecho unos zorros, pero la lucha por el Estado de Derecho hay que darla desde dentro, utilizando los instrumentos que existen, y con inteligencia.

Pero, en fin, esto no ha acabado, así que estemos preparados para más chandríos...










jueves, 6 de mayo de 2021

Independencia

No soy nacionalista... Vale, ya sé que esto suena como lo de "no soy machista, pero...", o lo de "no soy racista, pero...". Hay muchos que dicen que no son nacionalistas, y en cuanto exponen sus ideas resulta que no son nacionalistas del nacionalismo que abominan, pero es que son de otro nacionalismo rival. Así que empezaré de nuevo. No creo en la nación, al menos en la nación en la que creen los nacionalistas: una comunidad creada por Dios o por la Historia con vocación de eternidad, una unidad de destino indisoluble, con derechos inalienables a la independencia y a la soberanía, dotada de una identidad nacional, una lengua nacional, un carácter nacional y una gastronomía nacional. No creo en el patriotismo, me parece que en sus formas mas habituales es, como dijo Bertrand Russell, una peligrosa enfermedad. No creo en el principio de las nacionalidades, sí en el de autodeterminación de cualquier comunidad, no de las naciones, también de la Maragatería o de las Alpujarras sin necesidad de que reclamen ser naciones. No creo en la independencia, todos somos interdependientes, ni en la soberanía, si hubiera un poder soberano, por encima de todos los demás poderes, habría que luchar por aniquilarlo. Creo que el poder hay que compartirlo, limitarlo, dividirlo y controlarlo, la soberanía lleva al despotismo, sea el de un monarca soberano o el de una comunidad soberana. Sé que todo esto son mitos políticos que han tenido mucho éxito porque tienen su utilidad, y que la siguen teniendo, por eso están tan difundidos y arraigados. Pero, repito, no creo en ninguno de ellos, es decir, creo que son nocivos y peligrosos y que hay que luchar porque desaparezcan. Sí creo en los estados-nación, unos artefactos que suelen tener fecha de invención y de caducidad, que no son irrompibles, hay que admitir que se pueden trocear, que son útiles siempre que no se confundan con una nación.

Dicho lo cual, excepcionalmente estoy a favor de dos independencias, de que dos porciones de sendos estados-nación se separen de ellos, no en nombre de los derechos nacionales, sino por meras razones prácticas.

En primer lugar, apoyo la independencia de Escocia. Creo que a los escoceses les estafaron. En el último referéndum de independencia les convencieron de que era un mal negocio separarse del Reino Unido porque ello conllevaría salirse de la Unión Europea. Así que se quedaron en el Reino Unido, para que poco tiempo después la mayoría de ingleses y galeses (los escoceses, norirlandeses y gibraltareños votaron en contra) decidieran la salida del Reino Unido de la Unión Europea. Me parece razonable que haya una segunda ronda, que los escoceses puedan decidir abandonar el Reino Unido y regresar a la Unión Europea, de donde no debieron salir por una decisión nacionalista e infantil.

En segundo lugar, apoyo la independencia de la Comunidad de Madrid. Sí, incluso aunque los madrileños no parece que se la estén planteando, pero es en defensa propia del resto de España. Llevamos varias décadas en que la descentralización política que suponía el Estado de las autonomías ha sido anulada por una centralización económica donde Madrid va vaciando de habitantes y recursos a buena parte del resto de España. Gracias a un sistemático dumping fiscal va acumulando empresas, actividad, inversiones, a costa de los demás. La puntilla son las últimas elecciones. La mayoría de los madrileños han caído en el más perverso trumpismo, ahora que en los Estados Unidos están saliendo de él, un trumpismo castizo aún más ridículo que el original. Votan a una presidenta cuya indigencia intelectual es notoria y que como programa ha presentado la defensa de una identidad madrileña supuestamente consistente en una acracia reaccionaria donde la presidenta puede hacer lo que le dé la gana (supongo que los casi doscientos mil empleados a sus órdenes no participarán del mismo principio) y donde vivir en una ciudad tan inhóspita para quien no tiene dinero se compensa con el poder tomar cañas en las terrazas después de salir de un trabajo de mierda y antes de volver a una vivienda que no se puede pagar si también se quiere comer. Con ese voto la mayoría de los electores muestran ser tan irresponsables y peligrosos como sus dirigentes. Así que propongo que Madrid se independice de España. Que se vayan. Si quieren, como Madrid es España dentro de España, que se queden con el nombre, y con la bandera, y con el rey. Sobre todo con el rey. El resto de España ya nos buscaremos otro trapo de colores, otro jefe del Estado y otro nombre. Y si los madrileños no se quieren ir, vámonos los demás, que el resto de España se independice de Madrid. Vale, tampoco quiero castigar a todos los madrileños. Algunos están tan horrorizados como yo. Vamos a buscar una solución de compromiso, una partición, como las que hicieron los británicos en Irlanda o en la India. Que se vengan con el resto de España los de Vallecas, los de Rivas o los de Getafe, si no quieren irse con los de Salamanca, Retiro, Chamartín, Pozuelo o Las Rozas.